
Efectivamente no es un tema técnico, sino mas que nada de normativa y tramites.
Creo que tenes que decirle a tu cliente (o contador) que vaya a la dependencia de ARCA para ver si no tiene algún trámite sin responder o algún otro problema.
Según lo que tengo entendido, ARCA te puede denegar la autorización si no contestaste una notificación o no presentaste una declaración jurada.
Si la empresa está autorizada a emitir comprobantes A con leyenda (CBU Informado), no puede emitir comprobantes electrónicos A pero sí B.
Así que si alguien necesita o por algún motivo desea emitir facturas electrónicas A y va a crear una empresa nueva, debe presentar el F856 junto con el F856/A teniendo en cuenta las condiciones que figuran acá: http://www.afip.gov.ar/genericos/guiaDeTramites/consulta_show.aspx?id=1059. Y una vez presentado no se puede rectificar aunque aparezca grande la opción «RECTIFICATIVA» en el formulario, según lo que me informaron en ARCA Córdoba, por lo tanto si se elige la opción de comprobantes con leyenda hay que esperar un cuatrimestre para ARCA autorice (o no) la emisión de comprobantes A sin leyenda y así tener forma de emitir los A electrónicos.
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